Líneas financieras bonificadas para Pymes madrileñas

 

El pasado 30 de marzo el BOCM publicó el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de marzo de 2009, por el que se aprueban las normas reguladoras y se regula el procedimiento de concesión directa de determinadas ayudas destinadas a prestar apoyo financiero a las pymes madrileñas para mejora de su competitividad y desarrollo tecnológico.

 

Serán beneficiarios de las subvenciones previstas en este Acuerdo las pequeñas y medianas empresas que dispongan de un centro de actividad en la Comunidad de Madrid y que hayan obtenido aval otorgado por Avalmadrid S.G.R, para garantizar la suscripción de un préstamo con una entidad financiera, destinado a la ejecución de proyectos de inversión que se ejecuten en el mencionado ámbito territorial, siempre que puedan acogerse a alguna de las siguientes líneas:

 

  1. Plan Renove Industrial, con una dotación de 2.000.000 de euros, dirigido a inversiones en maquinaria u otros equipos productivos, equipamiento informático vinculado al proceso productivo y equipos de control de calidad entre otros.
  2. Plan de apoyo a la industria, con una dotación de 2.000.000 de euros, dirigido a los proyectos y actuaciones de carácter medioambiental, de prevención de riesgos laborales, de mejora en la seguridad en las instalaciones y a la obtención de certificados de cadena de custodia.
  3. Fomento de proyectos de innovación, con una dotación de 2.000.000 de euros, dirigido a inversiones en maquinaria y bienes de equipo, desarrollo de nuevos productos o servicios, cambios cualitativos en productos y servicios existentes, implantación de nuevos equipos productivos, inversiones I+D+I entre otras. Especialmente dirigido a los sectores aereoespacial, de la biotecnología y de las tecnologías de la información.
  4. Plan para el fomento e impulso del pequeño comercio y la hostelería, con una dotación de 3.000.000 de euros, destinado a financiar inversiones en equipamiento informático, comercial, obras o reformas integrales, entre otras, así como a activo circulante vinculado a una inversión en activo fijo.

 

Se bonificarán, respecto de las operaciones financieras suscritas por los beneficiarios con entidades de crédito con establecimiento permanente abierto en la Comunidad de Madrid y avaladas por Avalmadrid, los siguientes conceptos:

 

      Tipo de interés, se bonificarán 3 puntos sobre el tipo de interés nominal de las operaciones financieras, con el límite del Euribor anual medio a un año publicado por el Banco de España en el BOE en el mes anterior a la solicitud, incrementado en el 0,5%.

      Coste de la comisión de apertura cobrada por el establecimiento de crédito: el 0,5% del principal de la operación.

     Coste de la comisión de aval que la sociedad de garantía recíproca cargue a los beneficiarios: el 1,5% devengado anualmente sobre el riesgo vivo, según el cuadro de amortización de la operación avalada en el momento de su firma.

Coste de la comisión de estudio del aval formalizado, que será el 0,5% sobre la cantidad afianzada y de una sola vez.

 

En ningún caso la bonificación podrá ser superior al coste financiero de la operación financiera objeto de la ayuda.

 

Las operaciones financieras se formalizarán en las correspondientes escrituras o pólizas de préstamo, crédito o arrendamiento financiero.

 

Este Acuerdo surtirá efecto desde el 31 de marzo de 2009 y podrán acogerse a las bonificaciones previstas en el mismo las solicitudes de financiación y de ayudas presentadas entre el 1 de octubre de 2008 y el 15 de diciembre de 2009.

 

Estas ayudas se tramitarán a través de Avalmadrid S.G.R.,que actuará como entidad colaboradora.

Si estuviera interesado en acceder a estas líneas financieras tiene que dirigirse a la citada entidad en la c/ Jorge Juan, 30 Tlf: 91 577 72 70.

 

Para ampliar la información puede consultar el siguiente link www.madrid.org/bocm y también a través de la Web www.avalmadrid.es

 

Fuente: CECOMA